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La Agencia Tributaria lanza un nuevo sistema de gestión del IVA

La Agencia Tributaria lanza un nuevo sistema de gestión del IVA

La Agencia Tributaria ha puesto en marcha una estrategia de «modernización en la gestión» del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), a través de un nuevo sistema de gestión que obligará a los propietarios de grandes empresas, grupos societarios a efectos de IVA e inscritos en el régimen de devolución mensual del impuesto, a informar en tiempo real –en un máximo de cuatro días desde la operación– de sus transacciones comerciales a través de la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

La Agencia Tributaria ha puesto en marcha una estrategia de «modernización en la gestión» del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), a través de un nuevo sistema de gestión que obligará a los propietarios de grandes empresas, grupos societarios a efectos de IVA e inscritos en el régimen de devolución mensual del impuesto, a informar en tiempo real —en un máximo de cuatro días desde la operación— de sus transacciones comerciales a través de la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Según ha indicado la Agencia en una nota de prensa este martes, esta innovación permitirá agilizar las devoluciones, proporcionar al contribuyente los datos fiscales para su declaración y practicar las actuaciones de comprobación de manera más ágil y efectiva. El nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información ‘S.I.I.’ entrará en vigor el 1 de enero de 2017, a fin de que se puedan realizar los cambios normativos necesarios y para adaptar los sistemas informáticos de la Agencia Tributaria. Este nuevo modelo será obligatorio para un colectivo de unos 62.000 contribuyentes, formado por grandes empresas, grupos societarios a efectos de IVA e inscritos en el régimen de devolución mensual del impuesto. El resto podrán acogerse voluntariamente y, si lo desean, renunciar al sistema al final de cada año. Modelo de información instantánea El cambio planteado consiste en establecer la obligación de remitir el detalle de registro de las facturas (no las facturas propiamente dichas) que deben hacerse constar en los ‘libros registro’. Estos envíos a la Agencia Tributaria implicarán llevar los libros registro de IVA a través de la página web de la Agencia, donde esos libros se irán formando con cada uno de los envíos del detalle de las operaciones realizadas.

La información a remitir incluirá los elementos esenciales de la factura expedida o recibida y, en el caso del registro de las facturas recibidas, la cuota deducible. Paralelamente, se eliminará la posibilidad de realizar asientos resúmenes (incluso en el caso de tiques) con la finalidad de facilitar el automatismo en el envío de los registros de facturación y, a su vez, mejorar las herramientas de control y la detección del denominado ‘software de doble uso’ (programas informáticos que permiten la ocultación de ventas).

FUENTE: 20 MINUTOS

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