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Novedades en el modelo de declaración del IRPF de 2023

El Ministerio de Hacienda ha aprobado este viernes la Orden con el nuevo modelo para declarar el IRPF de 2023 en la campaña de la Renta que comienza el próximo 3 abril y finaliza el 1 de julio, incluido. Estas son las novedades que trae el nuevo modelo de declaración del IRPF.

Sólo vía digital

La declaración de la Renta se presentará este año exclusivamente por vía electrónica tras ser un requisito impuesto por primera vez por ley. No obstante, la Administración señala que asegurará atención personalizada a los contribuyentes que lo necesiten, con especial incidencia en los más mayores, tanto por vía telefónica a través del plan ‘le Llamamos’, como de forma presencial para la elaboración de las declaraciones en las oficinas de la Agencia Tributaria. Una vez finalice la campaña el 1 de julio, la Administración hará una evaluación sobre la obligación de declarar el IRPF por vía electrónica para conocer las quejas recibidas e incidencias y realizar mejoras de cara a la siguiente campaña.

Ayudas por maternidad

Hacienda recuerda en su Orden del modelo de declaración publicada este viernes en el BOE que las madres tienen dos novedades respecto a las deducciones en el IRPF por hijos menores de tres años. De un lado, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 amplió la deducción por maternidad de 1.200 euros también a las mujeres que estaban en paro, no solo a las que trabajaban, con el objetivo de incrementar la natalidad. Así, en esta campaña, las mujeres que tuvieron un hijo estando en situación de desempleo podrán acceder a esta deducción. Del mismo modo, Hacienda recula tras el fallo del Supremo del pasado enero que le obligó a dar la deducción de hasta 1.000 euros por gastos de guardería a las mujeres con hijos menores de tres años, tuviese o no la guardería autorización de centro educativo. Antes del fallo, se denegaba la deducción a las mujeres que tuvieran al menor en centros sin autorización. En esta renta se podrá aplicar por primera vez la deducción, aunque la guardería no tenga autorización de centro educativo.

Cheque por la inflación

Los contribuyentes que recibieran en 2022 la ayuda de 200 euros de forma indebida deberán devolverla en la declaración de esta Renta sin intereses. Esta ayuda estaba diseñada para desempleados o trabajadores y autónomos con ingresos inferiores a los 14.000 euros con el objetivo de paliar los efectos de la inflación.

Vivienda

Los contribuyentes podrán reducirse en el IRPF el 60% de las cantidades invertidas por obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso residencial. Esta deducción se habilita para obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2024. Antes concluía en diciembre de 2023.

Vehículo eléctrico

Las personas que se compren un coche eléctrico enchufable y de pila de combustible entre el 30 de junio de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2024 podrán deducirse en el IRPF el 15% del valor de adquisición del vehículo (por un máximo de hasta 20.000 euros). La deducción por instalar un sistema de recarga es del 15% de la cantidad satisfecha para su instalación desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024, por un máximo de hasta 4.000 euros.

Autónomos

El modelo trae varias novedades para los autónomos. De un lado, 2023 fue el último año para aplicarse la reducción del 10% sobre los rendimientos netos calculados por el método de estimación objetiva. A partir de 2024, la deducción regresa al 5%, como antes de la pandemia. Además, los autónomos con trabajadores a su cargo que cobren menos de 27.000 euros podrán deducirse en la cuota íntegra el 10% por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social.

Obligados a declarar

Sí tendrán que realizarla aquellos que estén por encima de las cuantías anteriores, los que tengan derecho a la deducción por la compra de la vivienda si la adquirieron antes de 2013, deducción por doble imposición internacional, por aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad, a planes de pensiones o mutualidades, o aquellos que perciban el Ingreso Mínimo Vital (IMV). También los contribuyentes que tengan que solicitar u obtener devoluciones del tributo por parte de Hacienda, aunque no lleguen a los umbrales de la obligación para declarar. Así como todos los autónomos independientemente de los ingresos obtenidos.

FUENTE: aeat, el economista, el país

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