El Gobierno aprueba nuevas ayudas para los autónomos
Una de estas novedades introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes (Trade), que son aquellos que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente, puedan contratar un trabajador con un contrato de interinidad, bajo determinadas circunstancias, para facilitarles la conciliación de la vida laboral y familiar.
Entre ellas se encuentran situaciones de riesgo durante el embarazo y lactancia de un menor de nueve meses, periodos de descanso por maternidad o paternidad, adopción o acogimiento
y cuidado de menores de siete años a cargo o de familiares en situación de dependencia o discapacidad igual o superior al 33%.
El Gobierno explica que, con arreglo al actual Estatuto del Trabajo Autónomo, se han dado casos en los que se ha considerado justificado el despido de estos autónomos por maternidad o paternidad, cuando el empresario ha justificado que ello le ha supuesto un perjuicio importante.
Ampliación de la tarifa plana
Por otro lado, el anteproyecto de Ley amplía la ‘tarifa plana’ para autónomos. En primer lugar, reduce la cuantía de la cuota por contingencias comunes de 55,78 euros a los 55 euros exactos durante seis meses y amplía el incentivo a los autónomos que inicien una actividad por cuenta propia y con posteriormente contraten a trabajadores por cuenta ajena.
Hasta ahora, cuando un autónomo se beneficiaba de este impulso y contrata a un trabajador, perdía este incentivo. «Porque el objetivo es que se cree mucho empleo en España».
Además, extiende los supuestos de la ‘tarifa plana protegida’ a las víctimas del terrorismo, de la violencia de género y las personas con discapacidad con independencia de su edad.
Asimismo, el Gobierno extiende, con independencia de la edad del solicitante, la posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por desempleo, y ya no se limita a los jóvenes. El número de potenciales beneficiarios de esta medida asciende a unos 150.000.
De esta forma, la prestación por desempleo se podrá utilizar de tres formas: capitalizando el 100% en un único pago, capitalizando sólo una parte y utilizar el resto para el abono de cuotas a la Seguridad Social, o bien destinando el total de la prestación al abono de las cuotas mensuales.
En el texto se abre además a la posibilidad a que los beneficiarios de prestaciones por desempleo pueda capitalizar su prestación para realizar una aportación al capital de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación, siempre y cuando tengan el control efectivo de la empresa, y a cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad, así como para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información. En este caso último, se limitará al 15% de la cantidad capitalizada.
Otras novedades
Por otro lado, el texto dispone que los autónomos de cualquier edad podrán compatibilizar durante un máximo de nueve meses la prestación por desempleo con alta en el régimen de autónomos (RETA), una posibilidad hasta ahora reservada a los menores de 30 años. Esta medida beneficiará a unos 50.000 autónomos.
Además, para facilitar una segunda oportunidad a los autónomos, se amplía el plazo, desde los dos a los cinco años, límite en el que echan el cierre el 50% de las empresas, para la reanudación de la prestación por desempleo, siempre que se acrediten causas económica u organizativas para el cierre. El Gobierno espera que unos 90.000 autónomos se acojan a este ‘salvavidas’.
La nueva Ley amplía también la bonificación a los familiares colabordores, de forma que podrán disfrutar de una bonificación en las cuotas a la Seguridad Social durante dos años. En cifras, los beneficiarios en este caso serán 45.000 de estos familiares.
De esta forma, a los 18 meses durante los cuales, desde la aprobación de la reforma laboral en 2012, podían beneficiarse de una bonificación del 50% en sus cuotas, se suman ahora otros seis meses en los que podrán beneficiarse de una nueva bonificación del 25%.
FUENTE: estrelladigital.es