El Paro para Autonomos cada vez mas cerca
Con fecha 6 de Agosto de 2010 se ha publicado en el BOE la LEY DE PROTECCIÓN DEL DESEMPLEO DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS Ley 32/2010, de 5 de Agosto, en ella se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. La ley entrará en vigor el 6 de Noviembre de 2010.
Un amplio resumen de la Ley se define entre otras cosas, atribuye la gestión de la prestación por cese de actividad de los autónomos a la Mutua con la que éste tenga concertada la cobertura de contingencias profesionales.
El periodo mínimo de cotización es de 12 meses, que generan derecho a prestación durante 2 meses, alcanzándose la duración máxima de 12 meses de prestación a partir de los 48 meses de cotización.
Toda esta informacion se resumen en los siguientes aspectos:
1. Motivos económicos técnicos, productivos u organizativos para poder solicitar el paro.
- Pérdidas en un año superiores al 30% de los ingresos o superiores al 20% en dos años
- Ejecuciones judiciales por deudas, que comporten al menos el 40% de los ingresos del ejercicio anterior
- La declaración judicial de concurso que impida continuar la actividad
- Fuerza Mayor
- Pérdida de licencia administrativa
- Por violencia de género
- Divorcio o acuerdo de separación matrimonial
Para los Autónomos Económicamente Dependientes, además de las anteriores, la extinción del contrato con su cliente principal por los motivos expresamente previstos.
2. La duracion del Paro.
La duración de la prestación estará en consonancia con el periodo de cotización previo a la fecha de cese de actividad, siendo imprescindible que se hayan cotizado doce meses continuadamente y sin solución de continuidad con anterioridad a la situación de cese de actividad:
PERIODO DE COTIZACIÓN (en meses) | PERIODO DE PROTECCIÓN (en meses) |
De 12 a 17 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 2 (igual para mayores 60 años) |
De 18 a 23 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 3 (4 meses para mayores 60 años) |
De 24 a 29 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 4 (6 meses para mayores 60 años) |
De 30 a 35 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 5 (8 meses para mayores 60 años) |
De 36 a 42 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 6 (10 meses para mayores 60 años) |
De 43 a 47 (>60 años De 43 en adelante) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 8 (12 meses para mayores 60 años) |
De 48 en adelante . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 12 |
La prestación económica consiste en el pago del 70% de la base reguladora, determinada por la media de la cotización durante los doce meses anteriores al cese de actividad. Dependiendo de las circunstancias familiares se establece un límite mínimo y máximo sujeto al I.P.R.E.M.
La base de cotización se corresponderá con la base de cotización que ya tenga determinada el trabajador por cuenta propia, aplicándosele un tipo del 2,2%. Los trabajadores autónomos acogidos a la prestación por cese de actividad disfrutarán de una reducción del 0,5% en las cotizaciones por contingencias comunes.
Para mas detalle pueden consultar el B.O.E. en la página detallada a continuación.
http://www.boe.es/boe/dias/2010/08/06/pdfs/BOE-A-2010-12616.pdf
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