Plan PIVE 7
Desde el 2 de marzo de 2015 se encuentra vigente la séptima convocatoria del Plan de Incentivos para Vehículos Eficientes (PIVE 7). El presupuesto de esta edición asciende hasta los 175 millones de euros, aunque los fondos están próximos al agotamiento debido a que la prórroga del PIVE 6 ha consumido cerca de un 80% del presupuesto.
A continuación podrás consultar las principales características del Plan PIVE 7.
¿Cuál es el presupuesto del Plan PIVE 7? El Plan PIVE 7 cuenta con con un presupuesto total que asciende a 175 millones de euros, aunque la prórroga del PIVE 6 habría consumido cerca de un 80% de estos fondos. Además, se irán incorporando las remanentes del PIVE 6 que puedan aparecer por la cancelación de reservas y/o solicitudes.
¿A cuánto ascienden las ayudas del PIVE 7? La cuantía total que recibe cada beneficiario asciende a 2.000 euros como mínimo, salvo en el caso de familias numerosas que adquieran un vehículo de más de 5 plazas con clasificación energética A, B o C, quienes obtendrán un descuento en su factura de compra de 3.000 euros como mínimo. En ambos casos el aporte se realiza al 50% tanto por parte del IDAE, como por parte del punto de venta.
¿Hasta cuándo estará vigente?
La vigencia de las ayudas del Plan PIVE 7 se extiende desde el 2 de marzo de 2015 hasta 2 de marzo de 2016 o bien hasta que se agoten los fondos del presupuesto, lo que antes suceda.
¿Cuántos vehículos podrán acceder a la subvención? Se estima que mediante el Plan PIVE 7 se incentive la renovación de hasta 175.000 vehículos.
¿Qué vehículos nuevos puedo comprar con el PIVE 7?
Únicamente recibirán el descuento del Plan PIVE 7 en la compra de su vehículo eficiente quienes adquirieran un turismo (M1) o vehículo comercial (N1) nuevo.
Además, también estará subvencionada la compra de vehículos familiares con más de 5 plazas, sin contar la del conductor, y vehículos adaptados para personas con movilidad reducida que acrediten una minusvalía.
¿Necesito entregar mi coche viejo?
Al igual que en anteriores convocatorias, será imprescindible acreditar, mediante el Certificado de Destrucción, la entrega de un turismo de más de 10 años o de un comercial ligero de más de 7, en las instalaciones de un Centro Autorizado de Tratamiento (CATV), donde se gestionará su baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT). Además, también se tendrá que acreditar el pago del úntimo Impuesto de Circulación (IVTM) del vehículo achatarrado, actualizado como mínimo a 2014.
También será imprescindible que el vehículo para achatarrar tenga la ITV al día a la fecha de la entrada en vigor de esta convocatoria y que su titular, tenga una antigüedad de al menos 12 meses, desde la fecha de solicitud de la ayuda, como propietario del mismo.
Fuente: http://www.planpive.net
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