¿Cómo afecta la reforma fiscal a los autónomos?
Desde el pasado viernes, fecha en la que el Gobierno empezó a desgranar las medidas contenidas en su reforma fiscal, se han ido publicando numerosas informaciones sobre las mismas. Aunque debemos esperar a que éstas se publiquen en el BOE para poder conocer en firme en contenido definitivo, está claro que aun no siendo una reforma en profundidad sí se producen numerosos cambios. De entre todos ellos ¿cuáles son los que afectan en la práctica a los autónomos?
Si tenemos en cuenta el discurso del Gobierno y pensamos que la reforma supone una bajada de impuestos, esta reforma no supone ningún impulso a la actividad de los autónomos ya que no hay ninguna medida específica que les beneficie directamente. Si pensamos, con muchas posibilidades de acertar, que las medidas en general no son tan positivas los perjuicios son más que evidentes.
En general los cambios que afectan a los autónomos son los mismos que al resto de personas físicas. Los cambios en los tramos y tipos impositivos los aplicarán todos los contribuyentes del IRPF, por lo que los autónomos aplicarán estas nuevas escalas.
Otro aspecto que también afecta a los autónomos, aún siendo una medida de caracter general, es la reducción de las aportaciones a planes de pensiones fiscalmente deducible. Con la reforma el límite se fija en 8.000 euros anuales. Primer hachazo a las deducciones. También se ven afectados por la eliminación de los dividendos exentos, hasta ahora los 1.500 primeros euros cobrados por este concepto no tributaban.
Sí afectan directamente las modificaciones en el régimen de módulos, aunque el alcance está limitado sólo a los autónomos en estimación objetiva. También les afectan las modificaciones en las retenciones, que sólo se aplican en las actividades profesionales y no a todo el colectivo y que es una medida que ya debería haberse aplicado desde el pasado uno de enero.
Una medida que ha pasado, hasta ahora, desapercibida y que forma parte de esa letra pequeña que el Gobierno no ha comentado es la limitación de la aplicación de los gastos de difícil justificación para los autónomos en estimación directa. Hasta ahora se podía incluir en esta partida el 5% del rendimiento neto (beneficios) de la actividad, para compensar aquellos gastos en los que incurre el autónomo por los que no se piden factura o bien de difícil prueba ante la administración. La reforma modifica este aspecto y limita el conjunto de provisiones deducibles y gastos de difícil justificación a 2.000 euros anuales, segundo hachazo.
Se puede comprobar que en muchos casos la bajada de tipos no tendrá que significar que se pague menos. La limitación de las deducciones supone un incremento de las bases, por lo que al final aun con un tipo menor saldrá una cuota más alta. Con todo ésto, la subida de la cuota de autónomos para algunos colectivos y el incremento de las cotizaciones de los trabajadores, por incluir en la base conceptos que antes estaban exentos, no parece que compongan un panorama muy alentador en cuanto a lo que desde el Ejecutivo están dispuestos a hacer por los autónomos españoles.
Fuente: pymesyautonomos.com
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