Contratos simulados, ese negocio
Estos días ha salido en prensa la noticia de la detención en Madrid de 18 personas que se habían inventado una discoteca, que permanecía cerrada al público, con el único objeto de defraudar. Y uno se pregunta cómo defraudar si no se abre un negocio. Pues haciendo negocio simulando las relaciones laborales.
Este grupo de empresarios ofrecía contratos a cambio de dinero. El dinero necesario para la cotización y algún extra por las molestias. Daban altas en la Seguridad Social con cotizaciones que finalmente no pagaban. Contrataciones que servían para conseguir un permiso por arraigo social, hasta conseguir la nómina que justifica la reagrupación familiar o cumplir con los requisitos para una renovación, pasando por ajustar una nómina para pedir una hipoteca. El cúmulo de impagos fue el punto que llamó la atención a la Inspección de Trabajo.
Al final, impagaron las cotizaciones porque ese impago no deja desprotegidos a los trabajadores. El Estado siempre suple lo que no consigue recaudar de la empresa. Y esas cotizaciones ficticias sirvieron incluso para cobrar prestaciones o completar períodos de carencia. Los ahora investigados ofrecían el alta en la Seguridad Social a cambio de un pago mensual por parte de los presuntos trabajadores que, obviamente, trabajan en otro sitio en el que no están dados de alta para poder ganar el dinero que les permita abonar la cotización. El sistema trabaja bajo el parámetro de pagar impuestos como primer requisito.
Pagar la cotización por un trabajo ficticio no sale muy a cuenta… si te pillan. A principio de año el Tribunal Superior de Justicia de Baleares abordó el asunto de la nulidad de una renovación de permiso de un ciudadano extranjero que había sido “contratado” por una empresa de pintura tan ficticia como la discoteca. El descubrimiento de la condición de tapadera de la empresa conllevó una actuación de oficio de la Administración y la extinción de la renovación del permiso, ya que carecía de fundamento (el permiso se renovó porque había un trabajo, si el trabajo no existe la renovación decae). El trabajador entendía que eso era una sanción por el fraude que otro comete y recurre.
Y el Tribunal entiende que no se ha demostrado que hubiese prestación efectiva de trabajo. Y que el tema aquí es trabajar, no cotizar o no. El ciudadano dice que no puede ser penalizado por una situación que no conocía. El Tribunal es muy prudente, porque uno suele enterarse de cuándo va a trabajar y cuándo no. Es poco probable que no le llamase la atención no tener que prestar sus servicios. Como no se trataba de juzgar la actividad del individuo sino el sustento de su permiso, no entran en el fondo del asunto.
Aunque muchas veces la Administración parece ciega y fácil de engañar, lo cierto es que acaba por cruzar los datos. Y la avaricia rompe el saco.
No te quedes con ninguna duda: consulta con tu gestor administrativo.
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Fuente: http://extranjeria.blogsiga.net/index.php/contratos-simulados-ese-negocio/